La carga de la prueba
2 febrero 2008 – 13:17Durante siglos, aquellos que acudían a un tribunal lo hacían como culpables. Lo eran a priori, y a ellos correspondía la carga de la prueba: necesitaban demostrar que eran inocentes.
Dos han sido las grandes revoluciones en el derecho penal: en primer lugar, que uno es inocente hasta que se demuestra lo contrario, y por lo tanto la carga de la prueba debe radicar en el acusador. En segundo lugar, los eximentes y atenuantes en el caso de que las pruebas del acusador resulten irrefutables.
El Partido Popular en el caso del doctor Montes mira a los tribunales del siglo pasado: él es culpable, incluso es culpable pese a la sentencia del Tribunal. Que el fiscal no haya podido aportar ninguna prueba condenatoria no importa: el Partido Popular ya dictaminó contra al doctor Montes y los servicios y profesionales del Hospital Severo Ochoa y no necesita demostrar nada, son culpables porque lo dijo Aguirre y la cadena de los obispos.
De hecho en el caso de los ultraobispos no debemos asombrarnos por nada: añoran los tiempos de su santa inquisición y lo están demostrando con creces.
Pero además, siendo el objetivo prioritario manchar la sanidad pública para favorecer los intereses de los amigos y sus clínicas privadas, el resultado de la persecución política contra el Doctor Montes no podía ser otro: criminalizarlo para poder privatizar.
Con esta derecha TODOS SOMOS CULPABLES. TÚ ERES CULPABLE. TÚ SERÁS EL PRÓXIMO EN LA SANTA CRUZADA.

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