¿Cómo querellarse contra Aznar?
24 marzo 2009 – 20:41Como ya se ha informado, ha llegado la hora de presentar la querella contra Aznar por la Guerra de Iraq. La Plataforma Juicio a Aznar ha venido desarrollando sus trabajos durante los últimos meses, y el día de comenzar el proceso legal está cerca. El próximo día 3 de abril se interpondrá una querella contra Aznar, Ana Palacio y Federico Trillo, ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
El procedimiento es el siguiente:
PARA RESIDENTES EN MADRID o quienes puedan desplazarse
Acudir, el próximo día 31 de marzo, a la Notaría situada en la C/ Príncipe de Vergara, nº 45, (puerta calle) Metro Marqués de Salamanca, línea 9. Entre las 10 de la mañana y la 1 de la tarde, o entre las 17 horas y las 18.30h.
Con el fin de cubrir los altos costes de la Notaría, los interesados en estar entre los primeros firmantes de la querella deberán abonar en el momento de acudir al Nota, 10 euros al representante de la Plataforma Juicio a Aznar que estará allí en ese momento.
Teléfono de la Notaría: 91.435.92.00 y 91. 435.92.56.
Notario: Juan Carlos Caballería Gómez
PARA RESIDENTES FUERA DE MADRID
Quienes no puedan desplazarse a Madrid, deberán acudir a algún notario de su ciudad para dar poderes a los procuradores y abogados.
La escritura se llama poder general para pleitos y especial para otras facultades a favor de las Procuradoras de los Tribunales de Madrid:
Ana Lobera Argüelles y Laura Bande González
y de los Abogados del Colegio de Abogados de Madrid:
Amalia Alejandre Casado, Lorena Ruiz Huerta Gil de Diezma y José Manuel Hernández de la Fuente
y del Colegio de Abogados de Barcelona
Luis Orri Riba
El poder hay que otorgarlo con cláusula especial que contenga lo siguiente: para interponer QUERELLA CRIMINAL en el ejercicio de la ACCIÓN POPULAR contra D. José María Aznar López, Dña. Ana Palacio y del Valle Lersundi, D. Federico Trillo-Figueroa Martínez-Conde y cualquier otra persona que pudiera resultar responsable a lo largo de la instrucción, sea cual sea su fuero, y para los supuestos de los delitos 588, 590.1, 591, 608.3º, 610, 611.1º, 612.1º, 613.1.A), 614.BIS, 615, 615.BIS.6, 616 y 616 bis, todos ellos del Código Penal y de todos aquellos que en el desarrollo de la instrucción puedan aparecer como conexos a los anteriores.
Para los no residentes en Madrid que deseen ponerse de acuerdo en las distintas ciudades para acudir juntos a la Notaría se ha habilitado un WIKI:
http://juicioaaznar.wikispaces.com/querellate
y un foro de opinión:
http://www.larepublica.es/foro/index.php?board=21.0
PARA ADHERIRSE A LA QUERELLA UNA VEZ YA ESTÉ PRESENTADA
Quienes deseen adherirse a la querella una vez haya sido presentada, deberán hacerlo acudiendo a la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, el día que se nos habilite para tal efecto. De ese día informaremos puntualmente a través de correo electrónico y de la web de la Plataforma www.juicioaaznar.net
El texto de la querella se facilitará en los próximos días.
¡Salud y adelante!















3 Responses to “¿Cómo querellarse contra Aznar?”
El martes que viene?? uhmmm me pilla como el culo pero me lo pienso, la verdad es que lo merece…
Salud
By fustafio on mar 24, 2009
si no espera a adherirte acudiendo al TS, que igual te pilla mejor.
Un saludete camarada!
By pedromellado on mar 25, 2009
A lo mejor lo hago, lo que pasa es que para el TS supongo que habrá que ir por la mañana y eso ya está más chungo, aún así ya he hablado con algún camarada y estamos a ver si llenamos un cochecito desde Toledo.
Un abrazo
By fustafio on mar 25, 2009